SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.2.
II.2. Mediante Resolución de Sobreseimiento de 23 de junio de 2006, Cesar J. Salinas Otalora, Fiscal de Materia de Cochabamba, decretó sobreseimiento a favor de León Rolando Ojalvo Caballero y Jorge Antonio Castro Soto, por cuanto el Ministerio Público consideró que los elementos de prueba eran insuficientes para fundar una acusación en su contra, ordenando archivo de obrados (fs. 51 a 52 vta.). Resolución que impugnada por Mario Severich Bustamente el 7 de julio del mismo año (fs. 53 a 55), mereció Resolución 486 de 8 de agosto de 2006, mediante la cual, el Fiscal de Distrito, José César Cartagena Miranda, ratificó la Resolución impugnada (fs. 57 a 58 vta.).
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la legitimación activa de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR