Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0736/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
III.3.1. Alcance y calificación de honorarios profesionales
Dentro de las costas procesales se encuentran los honorarios profesionales que comprenden los gastos en que se ha incurrido con oportunidad de la intervención en el proceso judicial, montos que deben ser cubiertos por el que pierde la contienda; es decir, por el que no tiene razón de litigar, como consecuencia de la indebida activación de la administración de justicia, generando un estado de inseguridad y vigilia en la contraparte, quien tendrá que defenderse en el proceso recurriendo al auxilio de un letrado con los consiguientes gastos que ello implica.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- concederá el amparo solicitado…”
- III.3. Regulación de honorarios profesionales
- III.3.1. Alcance y calificación de honorarios profesionales
- si fuere susceptible de apreciación pecuniaria
- “
- 512 “(Costas)
- III.3.2. La problemática planteada
- calificación
- APROBAR