Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0737/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
2)
2) La demanda de amparo constitucional se encuentra dirigida contra la Directora Departamental del SENASIR, cuando los trámites se encuentran centralizados en la ciudad de La Paz y sobre el particular, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en las SSCC 0691/2001-R de 9 de julio y 0158/2002-R de 27 de febrero.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- a)
- b)
- c)
- d)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la legitimación pasiva
- omisión
- Fragmento 22
- Director Ejecutivo del SENASIR
- APROBAR