SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0741/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades

De lo expuesto, se establece que en aquellos casos en los que el acto denunciado como ilegal es ejecutado por una autoridad y es otra la competente para revisar esa actuación a efecto de modificar, confirmar o revocar el acto puesto en su conocimiento, el recurso debe ser interpuesto contra ambas autoridades al tener legitimación pasiva, la primera por ejecutar el acto ilegal y la segunda por no corregirlo,  de modo que al ser ambas responsables, deben asumir las consecuencias de sus actos."

De la jurisprudencia citada, se concluye que la legitimación pasiva es un requisito de procedencia de la acción de amparo, en la que el accionante deberá demostrar la vinculación de la autoridad o particular demandado con el acto que impugna y, claro está, su derecho supuestamente vulnerado; es decir, deberá individualizar, especificar e identificar claramente a los autores que vulneraron sus derechos y la relación directa entre los demandados y el acto que haya menoscabado o vulnerado sus derechos fundamentales, por lo que deberá dirigir esta acción contra todos aquellos que hayan participado de tales actos; de no hacerlo o de realizar una identificación parcial, la acción de amparo deberá ser observada para que se subsane dicha omisión y si pese a ello la acción es admitida y se lleva adelante la audiencia, la tutela tendrá que ser denegada.