AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2010-RCA

Fecha: 27-Ago-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los recurrentes -hoy accionantes-, señalan que las autoridades recurridas -hoy demandadas- han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, al trabajo, a formular peticiones, a una remuneración justa, a la garantía del debido proceso y el principio de legalidad, puesto que en el proceso administrativo, seguido en su contra, se emitió la Resolución 042/2008, contra la que interpusieron los recursos de revocatoria y jerárquico, éste último resuelto por la Resolución 006/2008,  manteniendo firme y subsistente su sanción de destitución; emitiéndose posteriormente memorándums, por lo que se dio por concluida la “relación patronal” (sic) con la Prefectura; empero, en la sustanciación del proceso administrativo, se infringieron normas legales. En consecuencia, corresponde, en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de rechazo de la acción de amparo constitucional.