Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0222/2010-RCA
Fecha: 27-Ago-2010
I.5. Trámite, resolución e impugnación
La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Auto de 22 de agosto de 2008, cursante a fs. 83, dispuso la acumulación del memorial cursante de fs. 68 a 80 vta., con el cursante de fs. 26 a 38 vta., al tratarse ambos, de las mismas partes, argumentos, resoluciones impugnadas y peticiones, conforme lo previsto por el art. 40.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- I.5. Trámite, resolución e impugnación
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite judicial en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 8
- inmediatez.
- plazo máximo de seis meses,
- ya estaba definido por la sólida y reiterada jurisprudencia constitucional,
- II.3.1.
- la falta de personería del accionante,
- II.3.2.
- 1 de octubre de 2007
- APROBAR,