Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0763/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.1.
II.1. Por memorial de 27 de julio de 2000, Adriana Aponte Vda. de Barrios (recurrente) formuló denuncia contra Víctor Hugo Barrios Contreras, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, con relación a un documento sobre anticipo de legítima que su difunto esposo hubiera otorgado a favor del denunciado sobre un lote de terreno (fs. 35 y vta.). En mérito a la denuncia, por requerimiento de 12 de agosto del referido año, se dispuso la organización de diligencias de la policía judicial (fs. 36).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.1. Marco legal
- en los casos en que la resolución es emitida por un tribunal colegiado de segunda instancia, resulta lógico que se demande a los miembros que lo componen
- SC 0384/2010-R
- esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones y, por lo mismo, se constituyan en agraviantes de los supuestos actos lesivos denunciados
- SC 0
- Blanca Alarcón de Villarroel
- por dos Vocales
- APROBAR