SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0763/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, aduciendo que el Juez recurrido, hoy demandado, declaró procedente la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso interpuesta por el imputado, determinación confirmada en apelación por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, habiendo los de instancia tomando en cuenta para el cómputo del plazo, la primera denuncia que formuló contra el indicado por los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, misma que data de 2000 y que fue rechazada, no así la segunda denuncia planteada el 14 de diciembre de 2004, por el delito de estelionato, fecha desde la cual no transcurrieron los tres años señalados en el art. 133 del CPP. En revisión, de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.1. Marco legal
- en los casos en que la resolución es emitida por un tribunal colegiado de segunda instancia, resulta lógico que se demande a los miembros que lo componen
- SC 0384/2010-R
- esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones y, por lo mismo, se constituyan en agraviantes de los supuestos actos lesivos denunciados
- SC 0
- Blanca Alarcón de Villarroel
- por dos Vocales
- APROBAR