SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0772/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
En la audiencia pública celebrada a horas 15:00 del 28 de abril de 2008, en presencia del abogado del recurrente, del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, Roger Valverde y en ausencia del recurrente, de las demás autoridades correcurridas y del representante del Ministerio Público, conforme consta en el acta cursante a fs. 106 a 107 vta., se produjeron los siguientes actuados:
En la audiencia pública celebrada a horas 15:00 del 28 de abril de 2008, en presencia del abogado del recurrente, del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, Roger Valverde y en ausencia del recurrente, de las demás autoridades correcurridas y del representante del Ministerio Público, conforme consta en el acta cursante a fs. 106 a 107 vta., se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Sobre la legitimación pasiva cuando se demanda detención preventiva ilegal en acciones de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR