SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0778/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
Fragmento 17
Bajo ese entendimiento, no puede pasar inadvertida la situación de que la autoridad recurrida mediante CITE7OF/HAMP 471/06 de 21 de abril de 2006, complementada el 6 de mayo de 2006, por CITE7OF/HAMP 540/06, hace conocer que el POA 2006, ya ha sido elaborado, situación que se encuentra corroborada por la Resolución Municipal 009/2006 de 30 de enero, emanada del Concejo Municipal de Patacamaya, Quinta Sección de la provincia Aroma, que “aprobó y autorizó el Programa Operativo Anual (POA) reformulado de la gestión 2006” (sic) (fs. 73) suscrita por Irineo Choque Nina, Samuel Choque Nina, Camilo Fernández Patzi, Armando Pilco Calle y Hercilia Bautista, Presidente, Vicepresidente, Secretario y Concejales del indicado Municipio.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- reglas y sub reglas
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- Fragmento 17
- no utilizaron ningún medio a su alcance para revertir esa situación y ser escuchados por dicha instancia competente
- concedido
- 2º