SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0778/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes como representantes de la Comunidad Estación Viscachani Totorani, denuncian la vulneración de los derechos a la vida, a la salud, a la “seguridad”, a reunirse y asociarse para fines lícitos a formular peticiones individual y colectivamente, de esta Comunidad pese a que se encuentran constituidas legalmente como OTB legalmente, el Alcalde Municipal de Patacamaya no les reconoce tal calidad, habiendo solicitado en reiteradas ocasiones sean incluidos en el POA 2005 y 2006 de ese Municipio para poder ser parte de los recursos de coparticipación tributaria que les correspondería en razón a la Ley de Participación Popular; sin embargo, la mencionada autoridad, sólo ha dado respuestas inconsistentes a sus solicitudes. Corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- reglas y sub reglas
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- Fragmento 17
- no utilizaron ningún medio a su alcance para revertir esa situación y ser escuchados por dicha instancia competente
- concedido
- 2º