SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.7.
II.7. El 1 de junio de 2008, el BNB S.A., inició proceso ejecutivo contra Guillermo, Percy Gonzales Corrales Corrales y Galo Antonio Gonzáles Corrales, cobrando la suma de $90 239.12.-, al primero como deudor y a los segundos como garantes hipotecarios y propietarios del bien ofrecido en garantía, (fs. 33 y vta.) oponiendo los ejecutados excepciones de falta de fuerza ejecutiva y cosa juzgada (fs. 35 a 36).
El 5 de enero de 2005, el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, ahora recurrido, pronunció Sentencia declarando improbada la demanda ejecutiva y probadas las excepciones de falta de fuerza ejecutiva y cosa juzgada, con el fundamento de que existe una Sentencia ejecutoriada dentro del juicio coactivo, que reviste autoridad de cosa juzgada (fs. 37 a 39).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- APROBAR