Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0789/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
concedió
La Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 04/07 de 22 de marzo de 2007, cursante a fs. 25 y vta., por la que concedió el recurso, entendiendo que, el retiro del recurrente, fue de facto y no de derecho, sin posibilidad cierta de defensa, vulnerándose la garantía al debido proceso, disponiendo, por tanto, se deje sin efecto, el memorando de destitución SENASAG D.N. 081/07 de 7 de marzo de 2007, y se continué con el proceso administrativo iniciado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- : “
- a) En caso de considerarse funcionario de carrera
- b) Aplicando únicamente el contrato eventual cursante a fs. 1 y 2
- REVOCAR