SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

Fragmento 13

Esta reconocido constitucionalmente como derecho y garantía a la vez, el art. 115.II de la Constitucion Politica del Estado vigente (CPE), establece que el Estado garantiza el derecho al debido proceso y el art. 117.I de la misma Ley Suprema complementa en sentido de que ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. También está reconocido en las normas internacionales de Derechos Humanos, como ser el art. 8 de la Convención Americana sobre derechos humanos o Pacto de San José de Costa Rica, que lo enmarca como una garantía judicial, al igual que el art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).