Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.1.
II.1. El 30 de octubre de 2006, el Presidente de la Comisión del Régimen Disciplinario de la ANAPOL, dictó “Decreto de Apertura de Sumario” Alfonso Rojas Solíz (recurrente) por la trasgresión del “art. 10 inc. d) numeral 1)”, del Reglamento Disciplinario de la ANAPOL (fs. 2). El 8 de diciembre de 2006, la misma autoridad policial dictó Auto Inicial de proceso (fs. 45).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concede el
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- seguridad
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- SC 0160/2010-R
- En cuanto a las garantías que lo componen
- Fragmento 16
- III.2.3. En cuanto al derecho de petición
- educación en la ANAPOL
- Fragmento 19
- sin embargo, dicha Resolución impugnada no explica por qué los casos expuestos por el recurrente, hoy accionante, no son vinculantes ni de cumplimiento obligatorio para el caso concreto.
- se ha lesionado el derecho al debido proceso
- APROBAR