Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0800/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.2.
II.2. La Comisión Disciplinaria de la ANAPOL, por Resolución 020/2006 de 11 de diciembre, dispuso el retiro definitivo del recurrente, en su condición de caballero cadete sin derecho a reincorporación (fs. 49 a 51); determinación que fue impugnada por el sancionado mediante memorial de 13 de diciembre de 2006, interponiendo recurso de revocatoria (fs. 53 a 54 vta.), en vista de lo cual, la misma Comisión dictó la Resolución 021/2006 de 18 de diciembre, por la que confirma en todos sus puntos la Resolución impugnada y declara improcedente el recurso (fs. 57 a 60).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concede el
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- seguridad
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- SC 0160/2010-R
- En cuanto a las garantías que lo componen
- Fragmento 16
- III.2.3. En cuanto al derecho de petición
- educación en la ANAPOL
- Fragmento 19
- sin embargo, dicha Resolución impugnada no explica por qué los casos expuestos por el recurrente, hoy accionante, no son vinculantes ni de cumplimiento obligatorio para el caso concreto.
- se ha lesionado el derecho al debido proceso
- APROBAR