Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0826/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.6.
II.6. De acuerdo al informe 046/2008 de 12 de mayo, emitido por el Director Técnico Nacional de Inspectoría y Arraigos, en el caso del representado del recurrente, no se cuenta con elementos objetivos para determinar la expulsión, correspondiendo previamente abrir investigación sobre la idoneidad de la documentación acompañada para la obtención de permanencia temporal, a fin de no atentar contra los derechos del extranjero denunciado (fs. 114 a 116).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- III.3. Naturaleza jurídica del hábeas corpus, actual acción de libertad: Oportunidad y finalidad de su presentación
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- 10 de mayo de 2008,
- REVOCAR