Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0834/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. Mediante carta de 11 de abril de 2007, el Decano de la Facultad de Odontología, Ronald Sánchez Carranza, requiere informe del Asesor Legal de la UMSS, remitiéndole la denuncia efectuada por Vannia Erika del Castillo Molina contra Froilán Zarzuela Chambi (fs. 114), informe que es evacuado el 12 de ese mismo mes y año, y suscrito por Augusto Jordán Quiroga y Hernán Rojas Lizarazú, concluyendo que la referida denuncia debía ser procesada por la Dirección Académica de la Facultad, conforme el art. 141 inc. f) del Estatuto Orgánico de la UMSS (fs. 113).
- recurso de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4.Derecho a la dignidad
- III.5.Análisis del caso
- APROBAR