Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0834/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.3.
II.3. El Decano, remitió antecedentes a la Directora Académica, Norma Velásquez Díaz, quien mediante nota de 18 de abril de 2007, le responde a la referida autoridad que el curso preuniversitario era de su responsabilidad en la parte académica administrativa, conforme el mismo lo había manifestado en una gestión anterior ante un problema suscitado con alumnos que rindieron tercera instancia (fs. 106).
- recurso de amparo constitucional,
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.Sobre la seguridad jurídica
- III.4.Derecho a la dignidad
- III.5.Análisis del caso
- APROBAR