SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0850/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

i)

El abogado de Nataniel Ivar Egüez Terrazas, gerente de la empresa constructora “DICAR S.R.L.”, en audiencia señaló: i) Desde noviembre la empresa es legítima propietaria del inmueble de calle 6 “Nº” 120 de Obrajes, adquirido de la “Congregación Religiosa del Buen Pastor”; ii) No se tiene contrato de arrendamiento con el “Colegio Inglés Santa María Eufrasia”, pero conoce que este contrato fue suscrito entre Gary Frank Martínez Romero con los ex propietarios el 10 de abril de 2003, por el cual se compromete a entregar el predio a la finalización del mismo; iii) Mediante diligencia notarial hizo conocer a la representante del mencionado Colegio su derecho propietario y que si no se avenían a la suscripción de un contrato bajo nuevas condiciones, se haría uso de las facultades de ley, sin que a la fecha exista pronunciamiento, ni se haya acreditado la existencia de contrato de arrendamiento, por lo que existe usurpación del inmueble, no pudiéndose hablar de relación jurídica que permita demandar ante el órgano jurisdiccional ordinario; y, iv) A solicitud de los padres de familia del “Colegio Inglés Santa María Eufrasia”, se propuso como forma transaccional que éste utilice el ambiente de 8:00 a 14:00, y el Colegio “San Carlos” de 14:30 a 23:00, acuerdo verbal que fue incumplido.