SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0858/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0858/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

deniega

Por Resolución de 9 de mayo de 2007, cursante de fs. 109 a 111, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, deniega el recurso de amparo constitucional, sin costas ni multa por ser excusable, con el siguiente fundamento: a) Las Resoluciones que niegan el reconocimiento y pago de honorarios profesionales del recurrente, tienen como sustento el análisis y valoración probatoria del pase profesional, desde la interpretación de la demanda y del art. 22 de la LA, entre otras disposiciones legales, concluyendo que este documento acredita que los honorarios profesionales del abogado y apoderado, han sido cancelados; b) A los efectos de la tutela solicitada se tendría que hacer una nueva valoración de este documento en relación de la interpretación que hacen las autoridades recurridas de las citadas disposiciones legales, labor que se encuentra limitada a los tribunales de garantías constitucionales, pues dicha valoración está reconocida como facultad propia de los jueces y tribunales ordinarios; c) La presunción o convicción que esgrimen las autoridades recurridas respecto al valor legal del pase profesional como documento que por sí, evidencia el pago de honorarios profesionales, no resulta ni irrazonable ni ajeno a la equidad; y, d) Las Resoluciones impugnadas comprenden la negativa tanto del pago del honorario profesional como de apoderado, por lo que lo resuelto en el presente recurso, comprende a los dos conceptos enunciados.