SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0862/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
Fragmento 1
En revisión la Resolución 176/2007 de 4 de mayo, cursante de fs. de 168 a 169 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Juvenal Filipps Bernal contra Héctor Sandoval Parada, Beatríz Sandoval de Capobianco, Eddy Wálter Fernández Gutiérrez, Carlos Jaime Villarroel Ferrer, Bernardo Bernal Callapa, Zacarías Valeriano Rodríguez y Wilfredo Ovando Rojas, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 6, 7 inc. a), 9.I y 16.I, II y III de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 90 del Código de Procedimiento Civil (CPC); 1, 2, 77, 109 y 306 del Código de Procedimiento Penal de 1972 (CPP.1972) y 73, 74, 123 y 249 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg)
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 6
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- solamente en sus elementos imparcialidad
- Fragmento 21
- imparcial
- un nuevo sorteo
- APROBAR