Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0870/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
I.2.3. Intervención del tercero Interesado
Basilia Silva Díaz en el memorial cursante a fs. 47 y vta., señala que en la Sentencia del proceso de divorcio se determino que como madre de las menores tiene la tenencia de sus dos hijas y su padre el derecho de visita, por lo que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, no puede asumir representación de sus hijas por mandato de los arts. 52.2 y 54 del CNNA. Pide se declare improcedente el presente recurso con costas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero Interesado
- rechaza
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- pero no por ello tiene atribución de plantear recursos extraordinarios, como es el presente recurso de amparo constitucional.
- poder suficiente
- rechazado
- APROBAR