Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0870/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
rechazado
En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de los alcances y previsiones del amparo constitucional, de manera que el Tribunal de garantías al haber “rechazado” el entonces recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y ha dado correcta aplicación a esta acción tutelar.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero Interesado
- rechaza
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- pero no por ello tiene atribución de plantear recursos extraordinarios, como es el presente recurso de amparo constitucional.
- poder suficiente
- rechazado
- APROBAR