SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0903/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0903/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

es imperante señalar que todo acto administrativo constituye una declaración unilateral de la administración en cualquiera de sus niveles y que al emerger del ejercicio de una potestad administrativa-sancionatoria, plasma una decisión que genera efectos o consecuencias jurídico-administrativas directas e inmediatas.

En ese contexto, el procedimiento administrativo para la determinación de responsabilidad administrativa sujeta al bloque de legalidad vigente, hace que la administración en el ejercicio de esta potestad administrativa sancionatoria, emita actos administrativos para la consecusión de los fines propios de este tipo de potestad.  En ese orden de ideas, es imperante señalar que todo acto administrativo constituye una declaración unilateral de la administración en cualquiera de sus niveles y que al emerger del ejercicio de una potestad administrativa-sancionatoria, plasma una decisión que genera efectos o consecuencias jurídico-administrativas directas e inmediatas.

Así, para el tratadista Hugo Caldera, "el acto administrativo constituye una exteriorización unilateral de competencia por parte de un órgano administrativo en ejercicio de potestades jurídicas administrativas destinadas a alcanzar fines públicos encomendados a este órgano", opinión acorde con la vertida precedentemente y armonizable al ordenamiento jurídico boliviano.

En este contexto, el art. 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), señala que se considera acto administrativo, a toda declaración, disposición o decisión de la Administración Pública, de alcance general o particular, emitida en ejercicio de la potestad administrativa, normada o discrecional. Asimismo, esta disposición en la última parte señala que el acto administrativo es: obligatorio, exigible, ejecutable y se presume legítimo".

Ahora bien, una vez establecida la dogmática propia de los actos administrativos emitidos en la esfera de la potestad administrativa sancionatoria, es imperante centrar las ideas en los actos administrativos que pueden ser emitidos en sujeción al bloque de legalidad vigente en el decurso de los sumarios administrativos, tarea que será realizada a continuación.