Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0904/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.2.
II.2. Contra la referida Sentencia, el recurrente plantea recurso de apelación el 13 de abril de 2005, señalando que al haber sido notificado con la Sentencia el 4 de abril de 2005, ésta fue dictada cuando perdió competencia el Juez, además impugnando la impersonería del ejecutante y la prescripción, recurso que fue resuelto por Auto de Vista 191/2006 de 20 de abril, pronunciado por el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, confirmando la Sentencia apelada con costas en ambas instancias, con el que fueron notificadas las partes el 11 de mayo de 2006 ( fs. 149 a 157; 180 a 182; fs.162 a 165).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.3. Improcedencia del recurso de amparo constitucional, cuando se trata de la protección al debido proceso en su elemento Juez natural - competencia
- Fragmento 17
- Excepciones de impersonería en el ejecutante y de prescripción
- Pérdida de competencia
- denegado
- APROBAR