Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0916/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.7.
II.7. El Presidente y Secretaria del Consejo de Administración, mediante nota 329/2006 de 5 de octubre, dirigida al Presidente del Tribunal de Honor, expresaron que por nota CONS. ADM. 050/2006 de 6 de septiembre, se le comunicó que la asamblea extraordinaria de 1 de septiembre de 2006, determinó la suspensión del Director Fredy Sahonero Balderrama, por lo que el Tribunal de Honor, tiene el deber de proceder al sumario informativo respectivo (fs. 71).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- c)
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- concedido parcialmente
- Fragmento 27