Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0930/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Manifiestan que, dentro de la investigación signada como IANUS 200700959, fueron objeto de detención preventiva por una supuesta desobediencia o incumplimiento con el pago del daño, emergente de un recurso de amparo constitucional; a pesar que, de manera objetiva demostraron el cumplimiento total y exacto del daño, la autoridad judicial dispuso su detención preventiva en el Penal de “San Pedro”, incurriendo en contradicción de los antecedentes del proceso, desatención de detalles importantes, sobre todo en la sana crítica y equilibrio adecuado en cuanto a sus resoluciones.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad y la activación simultánea de jurisdicciones distintas
- I.
- II.
- El Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares,
- No cabe duda que el recurso de apelación aludido, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso
- Fragmento 19
- III.5. Análisis del caso