SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

Fragmento 20

La falta de legitimatio ad processum, se presenta cuando el demandado no es titular de la relación jurídica procesal, relación en la que necesariamente debe fundarse la pretensión, con prescindencia de que la acción cuente o no con el fundamento suficiente, tal cuál sucedió en autos, toda vez que de la revisión de antecedentes, no se puede establecer que el demandado José Luis Paredes Muñoz, Prefecto y Comandante del departamento de La Paz, haya participado, ni personalmente, ni institucionalmente en la modificación de Estatutos y menos aún en la exclusión de los ahora accionantes, de la supuesta Asociación SICOPRO; por tanto, no pudo interponerse la acción de tutela en su contra.