SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de los derechos de sus representados a la “seguridad jurídica”, a la petición, a la propiedad privada y de acceso a la justicia, en razón a que sus mandantes, a través de la transferencia realizada por ENFE, adquirieron terrenos en la zona Achachicala de la ciudad de La Paz, siendo su derecho oponible a terceros, por cuanto se acredita su derecho propietario en lo proindiviso, derecho resguardado por los Estatutos aprobados, que sin embargo, fueron modificados ilegalmente por el Directorio apócrifo y sin vigencia, prorrogado indebidamente, conculcando así el derecho a la propiedad, sin trámite o proceso interno y sin notificarlos personalmente, restringiendo su participación en asambleas de SICOPRO; hechos violatorios de garantías constitucionales que fueron refrendados por la Prefectura del departamento de La Paz, que para aprobar la modificación de los Estatutos, no analizó las implicancias. En consecuencia, corresponde analizar si en el presente caso, se debe conceder o denegar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- a)
- Procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- Fragmento 20
- REVOCAR