Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0937/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.3.
II.3. El Directorio de SICOPRO, fue posesionado el 14 de agosto de 2004, por las gestiones 2004 a 2006 (fs. 112 y vta.), llegando este ente colegiado el 12 de julio de 2006, a hacer aprobar la modificación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno por el Prefecto y Comandante del departamento de La Paz, mediante Resolución Prefectural 534 de la misma fecha (fs. 113), Directorio que fue reelecto y posesionado el 12 de agosto de 2006, por las gestiones 2006 a 2008 (fs. 222 a 224).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- a)
- Procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- Fragmento 20
- REVOCAR