SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0960/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

II.4.

II.4.  El Banco Mercantil S.A. por memorial presentado el 23 de octubre de 2006, solicitó a la Jueza Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial, la reposición del Auto de 12 de agosto de 2006, por el cual fue admitida la demanda de concurso voluntario y la acumulación de obrados, señalando que los procesos que siguió esa entidad bancaria contra el demandante se encuentran con Sentencias ejecutoriadas, incluso con la adjudicación de los bienes dados en garantía y por consiguiente se cuenta con los registros respectivos de los inmuebles a favor del nuevo propietario, por lo que la demanda de concurso voluntario no puede incluir bienes que no son ya de propiedad del concursante. Respondido dicho memorial, la Jueza Décima Primera de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Auto de 26 de octubre de 2006, dispuso no ha lugar al recurso de reposición impetrado contra el Auto de admisión, lo mantuvo firme y subsistente, concediendo el recurso de apelación ante la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 9 a 12 vta.).