SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0962/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0962/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

II.2.

II.2.   Por Resolución 451/2006, el Plenario del Consejo de la Judicatura, confirma la Resolución apelada con la modificación en la sanción, disponiendo tres meses de suspensión del ejercicio de sus funciones sin goce de haberes, con el fundamento de que existe una desproporción entre la sanción y la falta cometida, por cuanto la gravedad de la falta por la que se procesa no amerita el máximo de la sanción establecida para ese tipo de falta, con la misma, la representada de la recurrente es notificada el 1 de marzo de 2007 (fs. 6 a 10 vta.).