SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0970/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0970/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

III.3. Las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional -actos consentidos-

La necesidad del uso racional de la jurisdicción constitucional determina, que los ciudadanos del Estado plurinacional deban conocer las consecuencias de sus acciones y omisiones, en ese sentido la Ley del Tribunal Constitucional, ha enunciado ciertas causales de improcedencia, entre las que se encuentra el consentimiento libre y expreso del acto ilegal u omisión indebida supuestamente lesivo de derechos y garantías fundamentales.