SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1012/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
Fragmento 14
La recurrente, alega que las autoridades recurridas vulneraron los derechos de la empresa que representa a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, puesto que dentro del proceso ordinario sobre nulidad de contrato que le inició Premiere Travel S.R.L., interpuso una excepción previa de incompetencia que fue declarada probada por el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz y en razón de que la empresa demandante interpuso recurso de apelación radicándose ante los Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, ahora recurridos, se apersonó y solicitó la devolución de antecedentes al Juzgado de origen para que disponga la ejecutoria de la Resolución y archivo de obrados porque en sujeción al artículo 12.III de la LAC, la Resolución de excepción de arbitraje no tiene lugar a recurso alguno; sin embargo, mediante Resolución D-456/2006 de 8 de diciembre, resolvieron el recurso de apelación revocando el fallo emitido por el inferior y ordenando la prosecución de la causa. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 14
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR