Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
1)
El abogado de la recurrente ratificó el contenido del recurso y ampliandolo señaló: 1) En la audiencia de conciliación efectuada en el Ministerio de Trabajo se evidenció la existencia de la relación laboral y el monto del salario y se realizó una liquidación tentativa para compensar el despido; y, 2) El hecho de que la recurrente se encuentre embarazada sin estar casada y trabaje en un colegio cristiano o religioso no es justificativo para una ruptura unilateral de la relación laboral.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- estado civil
- inamovilidad laboral
- El contrato de trabajo puede celebrarse en forma oral o escrita por tiempo indefinido
- Es un derecho inalienable de la persona que obliga al Estado en dos sentidos: su respeto y su protección.
- vivir bien"
- El derecho a la seguridad social
- III.3. Excepción al carácter subsidiario del amparo constitucional cuando se trata de trabajadoras embarazadas
- SC 0530/2010-R
- embarazada
- III.4. Análisis del caso de autos
- no puede ser despedida por motivo alguno en tanto el hijo o la hija cumpla un año de edad
- APROBAR