Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1043/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
concedió
La Resolución 108 de 29 de junio de 2007, cursante de fs. 33 a 34 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, concedió la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación de la recurrente a su fuente de trabajo en el cargo que ostenta y con el mismo salario, con pago de sueldos devengados y todos los beneficios que le corresponden antes de su retiro, más el pago de "costas y daños" a calificarse en ejecución de sentencia. La Resolución no consigna fundamento jurídico alguno, sino simplemente hace una relación de la demanda de amparo constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- estado civil
- inamovilidad laboral
- El contrato de trabajo puede celebrarse en forma oral o escrita por tiempo indefinido
- Es un derecho inalienable de la persona que obliga al Estado en dos sentidos: su respeto y su protección.
- vivir bien"
- El derecho a la seguridad social
- III.3. Excepción al carácter subsidiario del amparo constitucional cuando se trata de trabajadoras embarazadas
- SC 0530/2010-R
- embarazada
- III.4. Análisis del caso de autos
- no puede ser despedida por motivo alguno en tanto el hijo o la hija cumpla un año de edad
- APROBAR