Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1060/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.9.
II.9. Sorteado nuevamente el expediente por disidencia de los Consejeros, el Plenario del Consejo de la Judicatura emitió la Resolución 113/2006 de 19 de abril, confirmando la Resolución Final 063/2005, argumentando que el proceso fue sustanciado conforme a las normas legales vigentes para la materia, con total e irrestricto respeto de las garantías y derechos constitucionales, pues la misma emerge del resultado y valoración de la pruebas aportadas que demostraron que evidentemente existe responsabilidad de los denunciados (fs. 187 a 197).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El desistimiento de denuncia en procesos disciplinarios
- III.4. La prescripción en procesos disciplinarios del Poder judicial
- III.5. La problemática planteada en la presente acción tutelar
- APROBAR