SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1090/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1090/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega que las autoridades demandadas, vulneraron el derecho de su representada a la seguridad jurídica y la garantía al debido proceso, toda vez que fue notificada con la Resolución de imputación formal el 24 de noviembre de 2001 y hasta el pronunciamiento del Auto Supremo de 11 de diciembre de 2006, ya hubiesen transcurrieron cinco años y diecisiete días de duración del proceso; señala que todo el tiempo transcurrido en la pronunciación de las respectivas resoluciones, fue responsabilidad de las autoridades de cada instancia, en este sentido, los recursos interpuestos, no pueden ser considerados actos dilatorios; agrega que el referido Auto Supremo, es erróneo, por que la interposición del recurso de casación contra el Auto de Vista que anula la sentencia que le favorecía (absolvía de culpa y pena), no constituye acto dilatorio, toda vez que el recurso de casación, es un medio legal de defensa de las partes dentro de un proceso.