Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1090/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
recurso
En revisión la Resolución 230/07 de 18 de julio de 2007, cursante a fs. 66 a 68 vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Freddy Félix Padilla Ledesma en representación de Carmen Betsy Miranda Pantoja contra Emilse Ardaya Gutiérrez y Julio Ortiz Linares, Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, alegando la vulneración del derecho de su representada, a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a), 16. IV y 116. X de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- Fragmento 5
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Extinción de la acción penal por el transcurso máximo del proceso
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo
- III. 4. Análisis del caso
- REVOCAR