Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, por sí y en representación de su esposo, alega la vulneración de los derechos a “la seguridad jurídica”, a la defensa, a la propiedad privada y al debido proceso, considerando que pronunciada la Sentencia por el Juez Decimo de Partido en lo Civil y Comercial, dentro del proceso coactivo instaurado en su contra por Dora Vargas de Ibañez, nunca se la notifico, a ella ni a su esposo, con la demanda y Sentencia dictados, dejándolos en completo estado de indefensión, siendo víctimas de un proceso arbitrario y vulneratorio de derechos; por lo que, corresponde analizar si en el presente caso, se denegó correcta o incorrectamente la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Acerca de la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- APROBAR