Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1102/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.1.
II.1. El 10 de agosto de 2004, Dora Vargas de Ibáñez, interpuso demanda coactiva contra Hernán Tapia Balboa y Juana Mollo Quispe de Tapia sobre el cobro de $us45 000.-; admitida la demanda, el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, pronunció la Sentencia 295/2004 de 12 de agosto, declarando probada la demanda (fs. 6 a 9).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Acerca de la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- APROBAR