SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1105/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1105/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Las recurrentes, alegan la vulneración de sus derechos a la igualdad, al debido proceso, a la petición, a la dignidad, a la presunción de inocencia y a la defensa, manifestando que fueron elegidas por el lapso de tres años como Directoras del Consejo de Vigilancia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Catedral Ltda.”; empero, en mérito que la asamblea general ordinaria, llevada a cabo el 21 de abril de 2007, observó supuestas irregularidades en sus funciones, se procedió a nombrar un Comité Electoral conformado por los recurridos, quienes, contradictoriamente al informe de trabajo elaborado el 14 de mayo del mismo año, el 11 de junio de 2007 lanzaron una convocatoria para la renovación total de los Consejos de Administración y Vigilancia, sin tomar en cuenta que, según el Estatuto Orgánico, deben ser renovados al cumplimiento de su mandato; o en su caso, cuando hayan sido sancionados con destitución previo proceso. Corresponde analizar, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.