Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1107/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.8.
II.8. Mediante memorial de 9 de febrero de 2007, el recurrente solicitó complementación y enmienda, requiriendo se aclare quién demoró en la tramitación de la causa, cual es el primer acto dentro de la acción penal seguida en su contra y si la dilación provocada por otras instancias, como el Congreso Nacional, deben ser consideradas para efectuar el cómputo del plazo máximo (fs. 31 a 32 vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 20
- III.3. Sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR