SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

“improcedente”

La Resolución de 26 de julio de 2007, cursante de fs. 124 a 125, pronunciada por el Juez Primero de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró “improcedente” el amparo constitucional. Como fundamentos se señalan: a) La recurrente no ha acreditado su personería en el presente recurso ya que los derechos denunciados como vulnerados se circunscriben al derecho propietario; b) El denominado “conflicto de competencias” planteado ante la Alcaldía Municipal de Sacaba, no vulnera con su silencio por sí mismo el derecho propietario de la recurrente ya que en el fondo y conforme su contenido se trató de un conflicto que deba resolver dicha institución, sino de una solicitud de inhibitoria de los trámites administrativos pidiendo su remisión al Juzgado Agrario por considerar incompetente el actuar del órgano edil, por lo que se entiende que la recurrente ha equivocado el trámite en tanto fuera pertinente para el pronunciamiento de la Alcaldía; y por tanto, no existe vulneración o amenaza a un derecho fundamental alguno; y, c) El plazo de cuarenta y ocho horas que sugiere el recurrido corresponde a un proceso administrativo y no constitucional, por lo que no existiría vulneración al derecho de petición.