SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
Fragmento 21
Según informan los datos del proceso, se evidencia que el accionante, Wilfredo Erwin Suárez Ortiz, en representación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín de Porres Ltda., dirige la acción de amparo constitucional contra Carlos Jaime Villarroel Ferrer y Wilfredo Ovando Rojas, “ex” Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia; en mérito de ello, la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.3. de la presente Sentencia Constitucional, es aplicable al presente caso, toda vez que el accionante, debió dirigir la acción, contra las autoridades que a momento de la interposición del amparo constitucional se encontraban cumpliendo las funciones de Ministros de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, y no limitarse a dirigir la demanda y acusar actos ilegales o indebidos contra ex autoridades; situación que conlleva que la tutela resulté ineficaz, por cuanto no se puede compulsar la problemática si no ha sido demandada la autoridad facultada de revisar, modificar, confirmar o revocar el acto o resolución puesto en su conocimiento, ya que en la última instancia, se resolverá definitivamente; de manera que, quien deberá responder por la lesión al derecho fundamental y repararlo en forma inmediata, será la autoridad o tribunal que tenga legalmente la atribución de conocer en última instancia, situación que fue omitida por el Tribunal de garantías, razón por la cual, este Tribunal, no puede ingresar a resolver el fondo del presente asunto; en consecuencia, debe ser denegada la presente tutela.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 19
- el funcionario o autoridad que ya no ocupa el cargo en el que se encontraba cuando ocasionó la lesión al derecho o garantía; en estos casos, la demanda debe dirigirse contra la persona que en el momento de la presentación de la acción, se encuentra desempeñando esa función
- Fragmento 21
- REVOCAR