SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1121/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de los derechos de la entidad que representa, a la seguridad jurídica, al acceso a la justicia y de la garantía al debido proceso, toda vez que emergente de una Resolución de conversión de acción pública a privada, el proceso penal, radicó en el Juzgado Tercero de Sentencia, cuyo titular Omar Dorado Severiche, tramitó la causa hasta dictar Sentencia condenatoria para algunos y absolutoria para otros; Resolución que fue objeto de apelaciones restringidas que motivaron el Auto de Vista 168 de 30 de junio de 2005, dictado por la Sala Penal Segunda, el mismo que a su vez, fue objeto de recursos de casación que luego motivaron al Auto Supremo 277-A, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, por el cual, se dejó sin efecto el referido Auto de Vista, para que el Tribunal ad quem, dicte uno nuevo, en sujeción a la doctrina legal aplicable, esto es, anulando el proceso penal y disponiendo que el Juez, imprima el trámite previsto por el art. 320 inc 1) del CPP, por la recusación que fuera planteada por el coimputado, Enrique Moreno Suárez; demanda de recusación que fue planteada diez minutos antes de la realización de la audiencia de juicio; es decir, después de haber concluido la etapa preparatoria, motivo por el cual, la misma fue considerada presentada inoportunamente por la autoridad recusada. Corresponde analizar si en el presente caso, se denegó correcta o incorrectamente la tutela solicitada.