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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1133/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1133/2010-R

    Fecha: 27-Ago-2010

    II.3.

    II.3.  Mediante oficio CITE. SSC/ISC-0956/2007 de 21 de mayo, emitido por el Superintendente General a.i. del Servicio Civil y dirigido al recurrente, dicha entidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el inc. a) del art. 61 del EFP, indica que sólo tiene competencia sobre los funcionarios de carrera administrativa y no así respecto a los provisorios (fs. 28).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Servidor público y clases de servidores públicos
    • serán considerados funcionarios provisorios, que no gozarán de los derechos a los que hace referencia el Numeral II del Artículo 7° de la presente Ley
    • III.4. Jurisprudencia respecto de los servidores públicos provisorios
    • III.5.
    • III.5.2.
    • APROBAR

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