Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1146/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
5)
5) Por memorial de 5 de febrero de 2007, el recurrente solicitó se den respuestas a las solicitudes presentadas, deferencia que fue remitida a Asesoría Legal del Concejo ratificándose en la nota ALE. HCMS inf. 001/2007, y aditamentando, que sobre las certificaciones solicitadas, corresponde a la Concejala Secretaría la extensión de los mismos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso de amparo constitucional
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 7)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho de petición y su afectación
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.5. El caso en examen
- APROBAR