SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1146/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 22 de junio de 2007, cursante de fs. 53 a 54, pronunciada por el Juez de Sentencia de la provincia Capinota del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Raúl Pablo Vidal Grageda contra Casiano Choque Cartagena, Juana Vidal Coaquira, Lidia Guzmán Loza, Gregoria Torrico Soria Vda. de Condori y Antonia Rocha Encinas Vda., de Loza, Presidente, Vicepresidente, Secretaria, y Concejales, respectivamente del municipio de Santivañez del departamento de Cochabamba, alegando la vulneración al derecho de petición, previsto en el art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso de amparo constitucional
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 7)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho de petición y su afectación
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.5. El caso en examen
- APROBAR